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#1
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Hola necesito que alguien me aconseje si es posible. Tengo 25 años y dentro de cuatro meses voy a tener una hija, con la que era mi novia lo hemos dejado y cada vez que hablo con ella me amenaza con que no voy a verla , que no me va a dejar y va a decir a la gente que no es mia. Es posible que pueda llegar hacer algo asi?, o tengo mis derechos igual aunque no estemos casados?, POR FAVOR AYUDENME
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#2
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Debes poner en conocimiento Judicial que has tenido relaciones sexuales con esa mujer, y que de resultas de ellas, va a nacer un hijo tuyo, y que es tu deseo y derecho que ese niño sea registrado en el registro civil tras su nacimiento, con tus datos como Padre, estadno tu dispuesto a someterte a pruebas de ADN que lo atestiguen , asi como a aceptar las responsabilidades economicas derivadas de tu paternidad (Pension de alimentos para tu hijo, NO para la madre).
Entiendo que no ha habido matrimonio, ni convivencia, por lo que no hay razones para que te reclame ninguna pension compensatoria. Asimismo, expon, si es tu deseo, y si puedes hacerlo laboralmente (Por ejemplo, estas en paro), que dispones de tiempo para hacerte cargo de tu hijo, en regimen de custodia compartida, a fin de faciliatar a la madre su incorporacion al mercado laboral, y que el nacimiento de tu hijo, no la suponga 'un bolqueo ' en sus posibilidades laborales. Todo esto, en el caso, que me temo que es, de que esa chica sea una bestia contigo, y se niegue a darte nada de tu hijo. ¡NO TENDRAS NADA DE EL, NO SERA TU HIJO, NUNCA TE LO DEJARE VER, SERA MI HIJO, YO SU MADRE, EL Y YO SOLOS, TU NO PINTAS NADA.....¡ ¿Este es el tipo de cosa que te dice?. Me temo que si. Pues ya sabes: Señoria, yo he mantenido de tal a tal fecha (9 meses antes del anunciado nacimiento) relaciones consentidas con fulanita de tal, a resultas de las que va a nacer un niño, y es mi deseo y derecho, se inscriba mi nombre como PAdre en su nacimiento, se me reconozca un regimen de convivencia (lo llaman 'visitas' ), la PAtria Ptestad compartida, me ofrezco a compartir las cargas de la crianza (Por ejemplo, la mitad e las tardes, y fines de semanas), pension de alimentos para ella (En funcion de tus ingresos, y de las necesidades de tu hijo, mirate el articulo 147 del codigo civil , buscalo en google). Y por supuesto me ofrezco a que me hagan pruebas de ADN. OJO, como ella se oponga a tu pretension de uqe verifiquen tu Paternidad, PUEDEN RETIRARLA LA PATRIA POTESTAD (Articulo 112.2 del codigo civil creo, pero no estoy seguro de cual es exactamente, pero SI de su contenido, si quieres, en unos dias, te mando exactamernte el articulo). Como se oponga a tu demanda de fijacion de filiacion del niño (Actitud tipica en muichas mujers, 'es mio y solo mio'), LA PUEDEN QUITAR LA PATRIA POTESTAD, Y POR TANTO, LA CUSTODIA. No es juego el tema. Por supuesto, todo esto, con abogado, pero cuanto antes, y, presentada la demanda, ante Juzgados de Primera Instancia (No de instruccion ni Penal), de tu zona. Recibe un cordial Saludo, y di deseas mas ayuda, escribeme al e-mail de la web: ajmm4@arrakis.es. Y ENHORABUENA CHAVAL, VAS A SER PAPA COÑO. ENHORABUENA DE VERDAD, que un hijo es algo unico, vale mas que todo. SAludos, y MUY ENHORABUENA. (Esa chica debia estarte agradecida, la vas a dar lo mas valioso de su vida, un hijo. Ningun insituto de la mujer podra jamas darla semejante regalo). > Invitado ha escrito: > Hola necesito que alguien me aconseje si es posible. Tengo 25 años y dentro de cuatro meses voy a tener una hija, con la que era mi novia lo hemos dejado y cada vez que hablo con ella me amenaza con que no voy a verla , que no me va a dejar y va a decir a la gente que no es mia. Es posible que pueda llegar hacer algo asi?, o tengo mis derechos igual aunque no estemos casados?, POR FAVOR AYUDENME |
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#3
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Leyes que fijan en que se debe basar el calculo de la pension de alimentos, y a quien hay quye darlo: Codigo civil. Titulo VI, De los alimentos entre PArientes: Link: http://bdd.unizar.es/pag5/pag3/CC/L01t06.htm "Art. 146. La cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe." Si , aunque tu tengas mas dinero, el niño NO necesita mas, no debes dar mas dinero, pues solo serviria para que lo gastara la Sra. en sus cosas. Por eso la Ley pone la conjuncion Y (...de quien los da Y a las necesidades.......). Leete los restantes articulos, vale la pena. <--------------------------------------------------> Leyes que fijan que , como se oponga a que se sepa que TU eres el padre, por ejemplo negandose a aceptar que tu pequeño se haga la prueba del ADN, la retiraran la patria potestad: Codigo civil. Titulo V, de la paternidad y Filiacion. Capitulo primero, de la Filiacion y sus efectos. "Art. 111. Quedará excluido de la patria potestad y demás funciones tuitivas y no ostentará derechos por ministerio de la ley respecto del hijo o de sus descendientes, o en sus herencias, el progenitor: 2.° Cuando la filiación haya sido judicialmente determinada contra su oposición. En ambos supuestos el hijo no ostentará el apellido del progenitor en cuestión mas que si lo solicita él mismo o su representante legal. ". Ojo, leete toda esta ley. Saludos. |
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#4
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Perdona, se me ha olvidado:
> <--------------------------------------------------> > Leyes que fijan que , como se oponga a que se sepa que TU eres el padre, por ejemplo negandose a aceptar que tu pequeño se haga la prueba del ADN, la retiraran la patria potestad: > > > Codigo civil. > Titulo V, de la paternidad y Filiacion. > Capitulo primero, de la Filiacion y sus efectos. > > "Art. 111. > > Quedará excluido de la patria potestad y demás funciones tuitivas y no ostentará derechos por ministerio de la ley respecto del hijo o de sus descendientes, o en sus herencias, el progenitor: > > 2.° Cuando la filiación haya sido judicialmente determinada contra su oposición. > > En ambos supuestos el hijo no ostentará el apellido del progenitor en cuestión mas que si lo solicita él mismo o su representante legal. ". > > Ojo, leete toda esta ley. > Link: http://bdd.unizar.es/pag5/pag3/CC/L01t05.htm > Saludos. > > > > > > |
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#5
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Por ultimo, la demanda que te he planteado, puedes presentarla en dos sitios distintos.
O bien en un juzgado de primera Instancia. Demanda de Filiacion, pero ahi debes ir con abogado y procurador. Cada escrito, unas 15.000 pts. O bien, en el mismo Registro Civil, hay Juzgado, para estas cosas. Alli no es necesario abogado ni procurador, puedes presnetar tu mismo (Con asesoria de algun amigo que sepa lo de 'ante el juzgado comparece,,,,,,,,,') la demanda. En ambos casos, aparte de ofrecerte a hacer la prueba del ADN, deberias aportar pruebas de que realmente habeis sido novios. Fotos, fotos de viajes, tikets de hoteles, yo que se, lo que se te ocurra. TEstigos (Ojo, que tus familiares o amigos solo tuyos, no creo que valgan, son parte tuya no objetiva), como porteros que os hayan visto entrar y salir muchas veces en casa, o quedar en el trabajo. Todo eso, lo presentas, ya te he dicho, o bien con abogado y procurador a un juzgado de primera instancia (Preparate a pagar a tu abogado y procurador, figura de lo mas inutil), o bien, tu mismo, con ayuda de amigos que sepan preparar un escrito (Presentacion de quien lo hace, al juzgado que va, antecedentes de hecho, pruebas aportadas, fundamentos de derecho (leyes aplicables), y peticiones), lo presentas al Juzgado del Registro civil de tu zona. Y lo presentas cuanto antes. No te podra quitar compartir tu vida con tu pequeñajo. Aunque al instituto de la mujer, ni tu hijo ni tu le importeis lo mas minimo. Pero animo Chaval. Y enhorabuena. Ya veras cuando seas viejecillo (No los 25 que tienes ahora), o dentro de unos meses, cuando le cojas en tus brazos. Ahí está uno de los mayores valores de esto que dicen que es la vida. Suerte, y no dudes en escribirme al e-mail de la web: ajmm4@arrakis.es Felicidades. |
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#6
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> Invitado ha escrito:
> Hola necesito que alguien me aconseje si es posible. Tengo 25 años y dentro de cuatro meses voy a tener una hija, con la que era mi novia lo hemos dejado y cada vez que hablo con ella me amenaza con que no voy a verla , que no me va a dejar y va a decir a la gente que no es mia. Es posible que pueda llegar hacer algo asi?, o tengo mis derechos igual aunque no estemos casados?, POR FAVOR AYUDENME |
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#7
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Hola!
Somos Arantxa y Laura, redactoras de un programa de televisión. Nos gustaría ponernos en contacto contigo, porque tenemos una propuesta interesante que hacerte. Agradeceríamos que nos llamaras al 943011691 ó también al móvil 665703560, para que podamos darte más detalles. Un saludo y hasta pronto! |
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